Red Seguridad 112

134 red seguridad primer trimestre 2026 normativa La Directiva NIS2 constituye un pilar del nuevo marco europeo de ciberseguridad. Sin embargo, su incorporación a los ordenamientos jurídicos nacionales avanza a ritmos distintos. Esta sección muestra el estado de la transposición de esta legislación en los distintos países, distinguiendo entre aquellos que ya la han incorporado a su legislación y los que aún se encuentran en fase de proyecto normativo. El mapa de la transposición de la Directiva NIS2 en Europa Mapa actualizado de la transposición de la Directiva NIS2 Consulta en el siguiente código QR el estado actualizado de la transposición de Directiva NIS2 en los países europeos. En el enlace de la European Cyber Security Organisation (ECSO) podrás obtener, además, información de las normativas de estos países. La Directiva (UE) 2022/2555, conocida como NIS2, se ha consolidado como uno de los pilares del nuevo marco europeo de ciberseguridad. Su objetivo es reforzar la resiliencia de las redes y sistemas de información en toda la Unión Europea. No obstante, para garantizar su aplicación efectiva, los Estados miembros deben incorporarla a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales mediante procesos de transposición legislativa. Pero tenían un límite: para completar dicha transposición, la Comisión Europea fijó el 17 de octubre de 2024. Sin embargo, al cierre de esta edición de Red Seguridad (en marzo de 2026), todavía hay varios países que continúan trabajando en proyectos legislativos o en fases de tramitación normativa. Es el caso, por ejemplo, de España. En nuestro país, aún se trabaja en la elaboración de un nuevo marco normativo que adapte la legislación nacional a los requisitos establecidos por la directiva europea. Hasta ahora, existe el anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad, ya aprobado por el Gobierno, cuya tramitación legislativa servirá como base para la transposición de la NIS2 al ordenamiento jurídico español. En la página de la derecha se muestra el estado de la transposición de la Directiva NIS2, tal y como expone en su web la European Cyber Security Organisation (ECSO). En ella se identifican, por un lado, los Estados miembros de la UE que ya han incorporado la norma a sus ordenamientos jurídicos y aquellos que aún se encuentran en proceso de hacerlo. Asimismo, se incluye a diversos países europeos que no forman parte de la UE, diferenciando entre los que ya han adaptado su normativa y los que todavía no. Pese a que estos países no tienen obligación legal de transponer la directiva a sus ordenamientos jurídicos, ya que no pertenecen a la UE, sí pueden desarrollar marcos normativos equivalentes o alineados con la Directiva NIS2.

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